Connect with us

HONDURAS

CSJ sugiere que se mantenga el delito de injuria en el nuevo Código Penal

Published

on

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) envió la tarde de este miércoles la opinión del nuevo Código Penal y recomienda se amplíe la vacatio legis por seis meses, y sugiere que se mantenga el delito de injuria y que no sea despenalizado para el ámbito civil.

A criterio de expertos, el dejar el delito de injuria en el ámbito penal, es una amenza para la libertad de expresión.

La Corte Suprema opina que los delitos de injuria y calumnia deben mantenerse solo para efecto de sancionar abusos a la libertad de expresión en perjuicio de personas privadas en incluso un funcionario o persona pública, siendo la vía civil la vía pública para deducir responsabilidad de dichos abusos.

La opinión señala reforma al artículo 234 en los siguientes términos: que no procederá el delito de injuria o calumnia cuando la persona ofendida sea un empleado o funcionario público por información relacionada al ejercicio de sus funciones, a personas privadas que cumplan funciones públicas por información en relación a éstas o, cuando el ofendido sea una persona cuyo trabajo u ocupación sea estar a la exposición pública de algún aspecto de su vida. En estos casos la deducción de la responsabilidad podrá hacerse en el ámbito civil.

El nuevo Código Penal prevé las injurias leves como faltas en el artículo 600, norma que se considera debe permanecer dentro del cuerpo normativo.

Advertisement

Los otros delitos a los cuales lo de reforma la CSJ, son a los que están en los artículos señalados por el Concejo Hondureño de la Empresa Privada (COHEP), que tienen que ver con la regulación de la persona jurídica, entre otros.

En la opinión que se remitió por el poder judicial, sobre el proyecto de ley de reforma integral al Código Penal, son un total de 29 artículos que la CSJ está solicitando al Congreso Nacional se deroguen.

Los artículos están vinculados a la responsabilidad de la persona jurídica y libertad de expresión.

Los artículos que a criterio de la CSJ deben excluirse, son los enumerados en el proyecto de reforma, que son: del 102 al 106, 176, 182, 225, 263, 275, 296, 309, 317, 337, 346, 353, 368, 397, 403, 411, 417, 430, 434, 437, 444, 469, 511, 569, y 596; y la reforma al artículo 386 referente a la (USURA).

Por otra parte, Armando Zelaya, abogado penalista, dijo que la extensión de la vacatio legis servirá para estudiar a fondo el nuevo código penal.

Advertisement
Advertisement
Click to comment

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Advertisement
Advertisement